lunes, noviembre 25, 2013

JURÍDICAS : El reconocimiento de prestaciones sociales del empleado público que ostentó la calidad de trabajador oficial con base en convención colectiva solo opera durante su vigencia.

Empleados públicos que antes ostentaron la condición de trabajadores oficiales, debe respetárseles las garantías y derechos adquiridos mediante acuerdo convencional, siempre que éste se encuentre vigente.

El Gobernador del Departamento de Boyacá al expedir el Decreto 01006 de 1993 y, en consecuencia, autorizar a los gerentes de los hospitales públicos del referido ente territorial a “reconocer derechos económicos” a favor de sus empleados, reguló aspectos propios del régimen prestacional y salarial de dichos servidores lo que implicó el arrogarse una competencia que constitucionalmente y legalmente está reservada al legislador y al Presidente de la República,
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